Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, de desarrollo de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
En el día de hoy se ha publicado el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan algunos aspectos de la ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. En concreto, esta norma desarrolla únicamente cuatro del total de las disposiciones de la ley de mediación relativas a los siguientes contenidos:
–La formación necesaria para ser mediador; disponiendo que la duración mínima de docencia será de 100 horas lectivas, de las cuales un 35% deberá ser práctica.
–La creación del registro de mediadores e instituciones de mediación constituida como una base de datos informatizada y de acceso a través de la Web del ministerio de justicia, de inscripción obligatoria para los mediadores concursales, y voluntaria para todos los demás mediadores.
–La suscripción de un seguro de responsabilidad civil obligatorio o garantía equivalente, que podrá ser contratado de forma individual o colectiva.
–Por último el procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos