PROBLEMÁTICA EN TORNO AL SERVICIO DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA PRESTADO POR LOS LETRADOS DEL ICA DE VIGO EN EL JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER NÚM. 1 DE VIGO

Published by Avogados_Novos on

Con fecha 16 de junio de 2016 la Xunta de la Agrupación de Avogados Novos de Vigo envió un correo electrónico a la Xunta de Goberno del Colegio de Abogados de Vigo expresando el desconcierto por el cambio repentino en el sistema de organización de las guardias de asistencia a los detenidos/investigados en violencia sobre la mujer, así como las de asistencia a las víctimas de violencia sobre la mujer. En dicho comunicado se puso de manifiesto que el referido cambio perjudicaba la agenda de muchos compañeros/as que ya sabían desde noviembre de 2015 cuales eras sus guardias de asistencia a los detenidos hasta agosto de 2016 y desde marzo de 2016 cuales eran las que les correspondían de asistencia a las víctimas de violencia sobre la mujer  hasta diciembre de dicho año, por lo que se sugirió a la Xunta de Goberno del Colegio que los cambios debían producirse, en buena lógica, al finalizar las guardias fijadas de antemano, comunicándose las nuevas listas de guardia con suficiente antelación, tal y como se contempla en la tercera de las normas sobre el funcionamiento de los servicios de asistencia a los detenidos o investigados en violencia sobre la mujer e asistencia a las víctimas de violencia sobre la mujer aprobadas por la Xunta de Goberno del Colegio de Abogados de Vigo el día 31 de mayo de 2016.

A los pocos días, concretamente el 22 de junio de 2016, la Decana del Colegio de Abogados de Vigo procedió a responder al correo enviado transmitiendo a la Xunta de la Agrupación de Avogados Novos de Vigo el malestar de la Magistrada titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. de Vigo por la forma en la que se venía prestando el servicio de asistencia letrada, tanto para las víctimas como para los detenidos e investigados, quejándose principalmente de la “no disponibilidad” por parte de su Juzgado de letrados que atendiesen el referido servicio con guardia presencial, como se viene haciendo con el servicio de asistencia de asistencia jurídica al detenido o preso. Por otro lado, la Decana nos hizo partícipes del traslado a la Magistrada de la queja constante de los compañeros que intervienen en su Juzgado en relación a los excesivos tiempos de espera entre diligencias durante los que se les exige permanecer en las dependencias del Juzgado.

A la vista de las quejas de una y otra parte, entendió que para resolver la situación la prestación del servicio de asistencia a los detenidos/investigados en violencia sobre la mujer, así como las de asistencia a las víctimas de violencia sobre la mujer debía realizarse mediante el sistema de guardia presencial; si bien en ningún momento explicó el porqué de la urgencia en implantar dicho sistema, tan sólo señaló que “no se podía demorar más”. Por ello, desde la Agrupación de Avogados Novos de Vigo entendemos que no se han dado las explicaciones lógicas de dicho cambio, debiendo reiterarse la petición a la Xunta de Goberno del Colegio de Abogados de Vigo a fin de que de las razones detalladas que llevaron a la misma a adoptar tal medida de manera tan repentina.

Por otro lado, respecto a la queja formulada por la Magistrada titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. 1 de Vigo entendemos que la misma carece de fundamento toda vez que en el anterior sistema disponía de dos letrados de guardia al día para la asistencia a los detenidos/investigados en violencia sobre la mujer y otros dos para la asistencia a las víctimas de violencia sobre la mujer, con sendas listas de emergencia. Así en numerosas ocasiones los letrados que asistían a los detenidos por violencia sobre la mujer en los centros de detención iban posteriormente al Juzgado de Violencia sobre la Mujer, teniendo que esperar allí hasta que su cliente fuese trasladado. En este sentido y a modo de ejemplo, si un letrado asistía a un detenido por la tarde en un centro de detención, ya lo citaban allí para acudir al día siguiente a la sede judicial, y si lo asistía a primera hora de la mañana, iba posteriormente al Juzgado donde tenía que esperar un tiempo nada desdeñable hasta que su cliente pasase a declarar ante la Juez. Por tanto, el letrado siempre estaba a disposición del Juzgado, ya que no se le permitía marcharse del mismo mientras no se practicasen las diligencias acordadas.

-De este modo, uno de los problemas fundamentales de funcionamiento del Turno de Violencia sobre la Mujer estriba en la absoluta falta de coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y el Juzgado, así como en el caótico sistema de citaciones. Como arriba se ha expuesto, en numerosas ocasiones el Letrado o Letrada de guardia asiste por la tarde a detenidos en comisaría, donde normalmente, tras tomar declaración al investigado si es el caso, se procederá a su citación a fin de que asista al Juzgado de Violencia sobre la Mujer al día siguiente. Y esto en el mejor de los casos, ya que en el turno de asistencia a víctimas, en idéntica situación (asistencia en dependencias policiales, en este caso asesoramiento previo a la interposición de denuncia), en la inmensa mayoría de ocasiones ni siquiera se cita a la denunciante a una hora concreta en el momento en que se produce la asistencia letrada, ya que previamente es necesario localizar al denunciado y practicar las diligencias que se estimen oportunas. Así, lo que ocurre por lo general es que al finalizar la práctica de dichas diligencias la policía contacta con la víctima, casi siempre por vía telefónica, para indicarle en qué momento deberá comparecer ante el Juzgado, mediando casi siempre un margen de escasas horas entre dicha comunicación verbal y el propio señalamiento, dejando además en manos de la denunciante localizar al Letrado o Letrada que la asistió para que acuda con ella al Juzgado. Además, no es infrecuente  encontrarse con que se ha citado a varias personas a la misma hora(ignoramos de quién es el problema en este caso, si del juzgado, de comisaría o simplemente de una coordinación deficiente entre ambos), pudiendo entrar antes o después según el criterio de su Sª, independientemente de la hora de llegada.  Esto, agrava el problema, ya que estas citaciones simultáneas se solapan con las posteriores, lo que aumenta considerablemente el tiempo de espera.

Las consecuencias más directamente perjudiciales para el Letrado y para la adecuada realización de su labor son dos: La imposible planificación de la jornada, no solo de la guardia sino de los días posteriores a la misma, y las interminables horas de espera, que suponen el tener que estar en el Juzgado desde primera hora de la mañana hasta que por fin llega el momento de entrar en sala, sin ser posible además ausentarse de las dependencias judiciales (lo que permitiría por ejemplo aprovechar esas horas muertas para hacer otro tipo de gestiones).

No son pocos los compañeros que han intentado sin éxito que los funcionarios de este Juzgado les avisen por vía telefónica cuando les vaya a tocar entrar, limitándose éstos, ante tal solicitud, a manifestar que los letrados están obligados a esperar allí hasta ser llamados. Ahora que se ha implantado el sistema de guardias presenciales, entendemos que durante la jornada correspondiente es deber del abogado de guardia estar presente, pero el de la espera no es un problema que únicamente se circunscriba a las guardias.

Es también habitual que cuando en una mañana se tramita un gran número de denuncias, se acuerde la suspensión de todos los demás señalamientos fijados para ese día (testificales, vistas de procedimientos de familia, etc.), con el consiguiente perjuicio tanto para el justiciable, que ha tenido que acudir al Juzgado -muchas veces dentro de su horario laboral- como para el Letrado, que sin estar de guardia esa jornada se ve obligado a asistir y esperar un nada desdeñable número de horas hasta que se acuerda la suspensión por la saturación del Juzgado.

Entendemos que se trata de un Juzgado de “guardia permanente”  y que por tanto es tremendamente dificultosa la planificación, que dependerá del número de denuncias, detenidos etc. que se hayan producido en cada jornada, pero consideramos que este aspecto también se puede gestionar mejor, ya que a primera hora de la mañana el Juzgado ya está en disposición de saber el volumen de asuntos penales urgentes que tiene que tramitar, y por tanto de poder decidir si acuerda o no la suspensión de los demás señalamientos.

Otro aspecto que hace que el número de horas de espera aumente considerablemente es el hecho de que cuando el abogado o abogada finaliza su labor, y únicamente queda pendiente la notificación al justiciable de la resolución que corresponda (Sentencia, Auto de archivo, paso a Diligencias  Previas…),  el criterio del Juzgado es que el Letrado espere a que le sea notificada dicha resolución a su cliente, la cual es confeccionada en el momento por su Sª y por  tanto, como es lógico, muchas veces tarda un tiempo considerable en estar lista para ser notificada. Estas resoluciones normalmente solo las firma el cliente, por lo que es innecesaria la presencia del Letrado; sin embargo el criterio que se sigue en este Juzgado  es no sellar el Anexo del Turno de Oficio hasta que al justiciable no se le notifica la última resolución, de forma que para poder justificar nuestra actuación nos vemos obligados a esperar  hasta este momento, aún cuando no queda ninguna otra gestión que realizar.

Si bien el mayor hándicap para los Letrados y Letradas del turno de Violencia sobre la Mujer es el dilatado tiempo de espera, existen otros no menos importantes a los que debemos hacer mención.

En muchas ocasiones nos hemos encontrado que, en casos de quebrantamientos de órdenes de protección, que se tramitan ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, desde dependencias policiales se contacta con Letrados del turno ordinario de asistencia al detenido o preso, cuando correspondería su llevanza al compañero que está de guardia en el turno de violencia. Entendemos que debe delimitarse mejor el ámbito de actuación de los Letrados de cada turno en estos supuestos, puesto que no todos los quebrantamientos son tramitados en el Juzgado de Instrucción, y aunque así fuese, en los casos en los que se está quebrantando una condena previa en materia de violencia de género, debería hacerse cargo el abogado o abogada que esté de guardia en ese turno específico.

Por otra parte, quisiéramos llamar la atención sobre el deficiente estado de las instalaciones y su inadecuación para la tramitación de asuntos tan delicados como son los de Violencia sobre la Mujer. Así, la sala de espera de investigados y la de víctimas son contiguas, fácilmente accesibles entre sí, ya que están completamente carentes de vigilancia y muchas veces con las puertas abiertas. Esto tiene la consecuencia nada deseable de que no haya una separación adecuada entre las partes, que en supuestos de violencia de género es especialmente necesaria, ya que en muchos casos nos encontramos con que hay previamente establecida una medida de alejamiento entre ambas.

A mayor abundamiento, en dichas salas suele haber un gran número de víctimas/investigados, lo que hace imposible mantener una entrevista privada entre abogado y cliente, mermando los derechos básicos del justiciable. Esto tendría fácil solución si se habilitase una pequeña dependencia donde poder entrevistarse privadamente.

También consideramos que debería habilitarse un espacio en el Juzgado donde poder permanecer los Letrados durante el servicio de guardia, ya que normalmente estamos en los pasillos, ya que por norma general tenemos que esperar en los pasillos de las dependencias judiciales.

Hacemos nuestra la reivindicación de la Magistrada titular de este Juzgado, en el sentido de que consideramos imprescindible la creación de otra sala de Violencia sobre la Mujer que descargue de trabajo el Juzgado Nº 1, por el gran volumen de asuntos a tramitar y la imposibilidad de planificación al estar “de guardia” todas las semanas del año. Sin embargo, y por todo lo ya expuesto, entendemos que, si bien esto agilizaría muchísimo los trámites y reduciría considerablemente los interminables tiempos de espera, no sería la única solución, ya que existe un problema endémico de organización interna y de coordinación con otros organismos (como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado).

Creemos que las posibles soluciones a los problemas surgidos en el sistema de funcionamiento del Turno de Violencia sobre la Mujer, pasarían por mejorar el sistema de comunicación entre las referidas FCSE y el Juzgado, así como el sistema de citaciones, a fin de evitar que se solapen entre sí. También podría establecerse de un sistema estandarizado de contacto con el Letrado, de modo que no tenga que estar horas y horas esperando en dependencias judiciales sin poder hacer ninguna gestión que pase por ausentarse del Juzgado.

Por todo lo expuesto, consideramos que las medidas que se han ido proponiendo a lo largo de este informe, además de su fácil implantación, mejorarían la dinámica de trabajo de todos los agentes que intervenimos en este Juzgado, sin olvidar, como ya se ha dicho, lo necesaria que se hace en la actualidad la creación de un segundo Juzgado de Violencia sobre la Mujer en Vigo para abarcar adecuadamente entre los dos todos los asuntos que se tramitan sobre esta materia.

Autores del informe:

Carlos González Reverter

Jana Calero Fernández

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra politica de cookies consistente en cumplir con las obligaciones previstas en el apartado segundo del artículo 22 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, tras su modificación por el Real Decreto ley 13/2012, de 30 de marzo, más información aqui ACEPTAR

Aviso de cookies
A %d blogueros les gusta esto: