INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE LAS CUOTAS COLEGIALES EN TODOS LOS COLEGIOS DE ABOGADOS DE ESPAÑA
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El supuesto que analiza el Supremo trata de un trabajador que tenía una Incapacidad para su profesión; la pensión que se cobra en estos casos es de un 55 % de la base reguladora; disponiendo la ley que cuando el trabajador alcanza la edad de 55 años, siempre y cuando no pueda complementar la pensión con las rentas de un trabajo que sea compatible con su incapacidad, la misma se incrementa un 20 % al considerar que es su única fuente de ingresos y que el trabajador va a tener difícil encontrar otra actividad que permita “engordar” la pensión. Sigue lendo-->
Con fecha 16 de junio de 2016 la Xunta de la Agrupación de Avogados Novos de Vigo envió un correo electrónico a la Xunta de Goberno del Colegio de Abogados de Vigo expresando el desconcierto Read more…
Hoxe publicamos este estudio minucioso do noso compañeiro Valdemar Álvarez González sobre as novedades da Ley 39/2015, sobre o procedemento administrativo común. Estamos seguros de que vos será se gran utilidade. O podedes consultar AQUÍ
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