Opinión
INFORME LEC: 4- Cláusulas abusivas y su control de oficio por los tribunales
El contrato denominado “ACUPROF” se puede definir como un contrato bilateral y personal que vincula a las partes contratantes: Cliente y Compañía Telefónica, de modo que se trataría de un acuerdo profesional entre ambas partes basado en un contrato en el que las cláusulas no son ni negociables Read more…
El Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid ha dictado una sentencia el 30 de septiembre por la que anula ocho cláusulas abusivas del contrato de transporte aéreo de la compañía Ryanair con los consumidores, como es el cobro de 40 euros por imprimir la tarjeta de embarque en el aeropuerto.
El magistrado del Juzgado de lo Mercantil 5 de Madrid, Javier García Marrero, resuelve el juicio verbal instado por la Organización de Consumidores y Usuarios contra Ryanair Limited en una acción colectiva de cesación de las condiciones generales de la contratación de dicha compañía.
El magistrado García Marrero falla que hay ocho condiciones generales de la contratación de la compañía aérea que son abusivas, conforme a la jurisprudencia sentada por la Audiencia Provincial de Madrid, el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la base de que el consumidor se encuentra en situación de inferioridad respecto al profesional.
La sentencia detalla la doctrina y la jurisprudencia que aplica en cada cláusula que resuelve como abusiva y anula las siguientes condiciones generales del contrato de transporte de Ryanair: (máis…)