la INJUSTA aplicación de la INJUSTA ley de tasas.
Si creíamos injusta la ley de tasas, la aplicación de la misma no parece ni mucho menos que minimice las consecuencias…
– AUTO DE AP LEÓN: Deniega el complemento solicitado por el recurrente que vio estimado su recurso de apelación e instó del Tribunal la cantidad abonada como tasa judicial. El auto es impecable jurídicamente y poco se le puede reprochar porque el art. 398 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es terminante y no contiene previsión legal de condena al pago de las costas de la segunda instancia por la estimación del recurso de apelación, pero lo cierto es que conduce a una tremenda injusticia, puesto que, aunque la apelante ganó la apelación, perdió los 800 euros de fijo más el variable abonados como tasa. Urge la reforma del precepto para que se devuelva la tasa al apelante que ve estimado su recurso.
– CUADRO CONSULTAS DGT sobre aplicación de tasas….
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